Expediente BOE-A-2026-19200
Impacto altoImpacto 4 de 5
Nuevas obligaciones de información escrita para las empresas sobre cada contrato
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
🏛️ Gobierno de España (PSOE+Sumar)Pedro Sánchez — en el cargo desde noviembre de 2023. Dato verificado el 20 de agosto de 2026.
Título oficial en el BOE
Real Decreto 723/2026, de 9 de septiembre, por el que se transpone la Directiva (UE) 2019/1152 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles en la Unión Europea.
Resumen del caso
Resumen IA · No oficialLas empresas deben entregar por escrito a cada trabajador información detallada sobre su contrato, salario, jornada y también sobre el uso de algoritmos para tomar decisiones laborales.
- Aplica a todos los trabajadores con contratos de más de cuatro semanas, a pescadores y a gente de mar, en toda España.
- La empresa debe entregar la información por escrito antes de que el trabajador empiece, en papel o en formato electrónico accesible y archivable.
- Debe detallar salario base y complementos, jornada y distribución horaria, vacaciones, categoría profesional, formación, plan de igualdad, protocolo de acoso, convenio aplicable y mutualidad o entidad colaboradora de la Seguridad Social.
- Como novedad, la empresa debe informar si utiliza sistemas algorítmicos o automatizados para decidir sobre jornada, tareas, salario, ascensos, lugar de trabajo o despidos.
- Si hay prestación de servicios en el extranjero, se añade información sobre país, moneda, dietas, repatriación y enlace al portal web oficial del país de destino.
- Cualquier cambio en estas condiciones debe comunicarse por escrito, como muy tarde el día en que surta efecto.
- Los trabajadores con contrato ya vigente pueden solicitar la información, y la empresa dispone de 30 días hábiles para entregarla.
- La norma entra en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE y deroga el reglamento de 1998 sobre información al trabajador.
