Expediente BOE-A-2026-19423
Colectivo amplioImpacto 3 de 5
Nueva clasificación oficial de los fondos de pensiones por tipo de inversión
MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA
🏛️ Gobierno de España (PSOE+Sumar)Pedro Sánchez — en el cargo desde noviembre de 2023. Dato verificado el 20 de agosto de 2026.
Título oficial en el BOE
Orden ECM/973/2026, de 9 de septiembre, por la que se determina la tipología de los fondos de pensiones para su clasificación en función de su política de inversión.
Resumen del caso
Resumen IA · No oficialEl Ministerio de Economía crea categorías oficiales para clasificar los fondos de pensiones según dónde invierten tu dinero, para que puedas compararlos mejor.
- Aplica a todos los fondos de pensiones inscritos en el Registro Especial.
- Establece 17 categorías oficiales según su política de inversión: monetario, renta fija euro a corto plazo, renta fija euro, renta fija internacional, renta fija mixta euro e internacional, renta variable mixta euro e internacional, renta variable euro e internacional, fondo con objetivo concreto de rentabilidad no garantizado, réplica de índice, garantizado de rendimiento fijo, variable y parcial, retorno absoluto y global.
- La categoría se asigna según los principios de inversión declarados por el fondo, no por la composición real de su cartera.
- Si un fondo puede encajar en dos categorías, se clasifica en la de mayor riesgo; si encaja en tres, va directamente a la categoría 'Global'.
- Para clasificar las inversiones en instituciones de inversión colectiva se sigue la Circular 1/2009 de la CNMV; las inversiones alternativas con pagos definidos se tratan como renta fija y el resto como renta variable.
- Las entidades gestoras deben incluir esta clasificación en el documento de datos fundamentales del partícipe, en las normas de funcionamiento del fondo y en la declaración de la política de inversión.
- Tienen hasta el 1 de abril de 2027 para adaptar toda la información, y en el informe del cuarto trimestre de 2026 (antes del 10 de febrero de 2027) ya debe constar la categoría asignada.
- La orden entra en vigor el 2 de enero de 2027 y no genera costes adicionales para las administraciones públicas ni nuevas cargas innecesarias para las entidades.
