Expediente BOE-A-2026-19632

Colectivo amplioImpacto 3 de 5

El Supremo anula parte del reglamento de extranjería

TRIBUNAL SUPREMO

🏛️ Gobierno de España (PSOE+Sumar)Pedro Sánchez — en el cargo desde noviembre de 2023. Dato verificado el 20 de agosto de 2026.

Título oficial en el BOE

Sentencia de 8 de julio de 2026, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo 19/2025, interpuesto por la Asociación Coordinadora de Barrios para el seguimiento de menores y jóvenes, la Asociación Pro Derechos Humanos de España, y Extranjeristas en Red, contra el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y Auto de Rectificación de 1 de septiembre de 2026.

Resumen del caso

Resumen IA · No oficial

El Tribunal Supremo declara nulos varios artículos del reglamento de extranjería que afectaban a menores no acompañados, reagrupación familiar y empresas de trabajo temporal.

  • Tres asociaciones de defensa de menores, derechos humanos y profesionales de extranjería recurrieron el Real Decreto 1155/2024 que desarrolla la Ley de Extranjería.
  • Se anula la denegación automática de permisos por antecedentes penales sin analizar cada caso, en los supuestos cubiertos por el derecho de la Unión Europea.
  • Desaparece la exigencia de que los familiares reagrupados estén solteros: la Administración ya no puede rechazarlos por su estado civil.
  • La atención a menores extranjeros no acompañados será obligatoria e inmediata en cuanto la policía los localice, sin que la Administración pueda decidir caso por caso.
  • Para reagrupar a un ascendiente ya no se exige que la dependencia económica se acredite solo en el país de origen: también sirve si esa persona ya vive en España.
  • El requisito de que un menor no haya salido de España desde su nacimiento se interpreta de forma más flexible: se permiten ausencias temporales y justificadas, según el auto de rectificación de septiembre de 2026.
  • Las empresas de trabajo temporal (ETT) podrán gestionar autorizaciones de residencia y trabajo de temporada y los cambios de empleador.
  • Se anula la obligación general de relacionarse electrónicamente con la Administración en todos los trámites de extranjería. La sentencia se publicará en el BOE y no impone costas.

Resumen y título en lenguaje llano generados por inteligencia artificial (MiniMax-M3). Pueden contener errores. El único texto con valor oficial es el publicado en el BOE.

Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Última actualización del documento oficial: 22 de septiembre de 2026. Este servicio es independiente y no está vinculado al BOE.

¡Juego nuevo!