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Expediente BOE-A-2026-20385

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Los alquileres de vivienda se prorrogan 5 años y el casero indemniza con 12 mensualidades

JEFATURA DEL ESTADO

🏛️ Gobierno de España (PSOE+Sumar)Pedro Sánchez — en el cargo desde noviembre de 2023. Dato verificado el 20 de agosto de 2026.

Título oficial en el BOE

Real Decreto-ley 27/2026, de 29 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para reforzar la estabilidad de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual.

Resumen del caso

Resumen IA · No oficial

Los contratos de alquiler de vivienda se prorrogan automáticamente cada 5 años (7 si el casero es empresa). Si el casero no renueva, debe indemnizar al inquilino con 12 mensualidades.

  • Aplica a todos los contratos de alquiler de vivienda habitual, incluidos los vigentes en el momento de la entrada en vigor, aunque con reglas transitorias para los ya comunicados.
  • Tras los 5 años iniciales (7 si el arrendador es una empresa), el contrato se prorroga automáticamente por períodos sucesivos de 5 años (o 7) sin necesidad de firmar nada nuevo.
  • El propietario debe avisar con al menos 6 meses de antelación si no quiere renovar; el inquilino mantiene el plazo de preaviso de 2 meses.
  • Si el casero decide no renovar, está obligado a indemnizar al inquilino con 12 mensualidades de renta de una vivienda de características similares, calculadas según el sistema estatal de referencia de precios, y nunca menos de 1 mensualidad por cada año vivido en la casa. Se paga en el momento de entregar la vivienda.
  • No hay indemnización si el casero necesita la vivienda para sí o familiares de segundo grado, si el inquilino no ha habitado la vivienda más de 6 meses en el último año, si el inquilino tiene otra vivienda en el mismo municipio, o si se firma un nuevo contrato o se rechaza una oferta de renovación por al menos 5 años.
  • Los inquilinos en situación de vulnerabilidad social y económica, acreditada con informe de servicios sociales, pueden pedir una prórroga extraordinaria de 1 año, que es obligatoria para los grandes tenedores de vivienda.
  • En zonas declaradas de mercado residencial tensionado, el contrato se puede prorrogar anualmente hasta un máximo de 3 años, con preferencia sobre cualquier otra prórroga extraordinaria.
  • La norma entra en vigor al día siguiente de publicarse en el BOE. Para los contratos a los que resten menos de 6 meses para su vencimiento, el casero puede preavisar con solo 4 meses.

Resumen y título en lenguaje llano generados por inteligencia artificial (MiniMax-M3). Pueden contener errores. El único texto con valor oficial es el publicado en el BOE.

Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Última actualización del documento oficial: 1 de octubre de 2026. Este servicio es independiente y no está vinculado al BOE.

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