Expediente BOE-A-2026-20385
Los alquileres de vivienda se prorrogan 5 años y el casero indemniza con 12 mensualidades
JEFATURA DEL ESTADO
🏛️ Gobierno de España (PSOE+Sumar)Pedro Sánchez — en el cargo desde noviembre de 2023. Dato verificado el 20 de agosto de 2026.
Título oficial en el BOE
Real Decreto-ley 27/2026, de 29 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para reforzar la estabilidad de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual.
Resumen del caso
Resumen IA · No oficialLos contratos de alquiler de vivienda se prorrogan automáticamente cada 5 años (7 si el casero es empresa). Si el casero no renueva, debe indemnizar al inquilino con 12 mensualidades.
- Aplica a todos los contratos de alquiler de vivienda habitual, incluidos los vigentes en el momento de la entrada en vigor, aunque con reglas transitorias para los ya comunicados.
- Tras los 5 años iniciales (7 si el arrendador es una empresa), el contrato se prorroga automáticamente por períodos sucesivos de 5 años (o 7) sin necesidad de firmar nada nuevo.
- El propietario debe avisar con al menos 6 meses de antelación si no quiere renovar; el inquilino mantiene el plazo de preaviso de 2 meses.
- Si el casero decide no renovar, está obligado a indemnizar al inquilino con 12 mensualidades de renta de una vivienda de características similares, calculadas según el sistema estatal de referencia de precios, y nunca menos de 1 mensualidad por cada año vivido en la casa. Se paga en el momento de entregar la vivienda.
- No hay indemnización si el casero necesita la vivienda para sí o familiares de segundo grado, si el inquilino no ha habitado la vivienda más de 6 meses en el último año, si el inquilino tiene otra vivienda en el mismo municipio, o si se firma un nuevo contrato o se rechaza una oferta de renovación por al menos 5 años.
- Los inquilinos en situación de vulnerabilidad social y económica, acreditada con informe de servicios sociales, pueden pedir una prórroga extraordinaria de 1 año, que es obligatoria para los grandes tenedores de vivienda.
- En zonas declaradas de mercado residencial tensionado, el contrato se puede prorrogar anualmente hasta un máximo de 3 años, con preferencia sobre cualquier otra prórroga extraordinaria.
- La norma entra en vigor al día siguiente de publicarse en el BOE. Para los contratos a los que resten menos de 6 meses para su vencimiento, el casero puede preavisar con solo 4 meses.
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