Expediente BOE-A-2026-20744

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Ayudas al transporte ferroviario de mercancías por la subida del combustible

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE

🏛️ Gobierno de España (PSOE+Sumar)Pedro Sánchez — en el cargo desde noviembre de 2023. Dato verificado el 20 de agosto de 2026.

Título oficial en el BOE

Orden TRM/1034/2026, de 1 de octubre, por la que se establecen adaptaciones y concreciones relativas a las ayudas a los sectores del transporte terrestre por ferrocarril contempladas en el artículo 3 del Real Decreto-ley 9/2026, de 14 de abril, de medidas urgentes en materia de transporte, y en el artículo 28 del Real Decreto-ley 18/2026, de 29 de junio, por el que se adoptan determinadas medidas en el marco del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio, en materia de adecuación al régimen de ayudas de Estado.

Resumen del caso

Resumen IA · No oficial

Las empresas de transporte ferroviario de mercancías podrán recibir ayudas de hasta el 70% del sobrecoste de combustible por la crisis de Oriente Medio, con plazo hasta el 28 de febrero de 2027.

  • Beneficiarios: empresas que prestan servicios de transporte ferroviario de mercancías en España.
  • Cuantía: la ayuda cubre como máximo el 70% del sobrecoste del combustible efectivamente soportado.
  • Período subvencionable: del 1 de marzo de 2026 al 31 de diciembre de 2026.
  • Plazo de solicitud: hasta el 28 de febrero de 2027, mediante declaración responsable en la sede electrónica del Ministerio de Transportes.
  • Requisitos: declarar el consumo real de combustible de al menos 3 meses y el total de ayudas ya percibidas para no superar el límite del 70%.
  • Exclusiones: grandes y medianas empresas en crisis en el período contable anterior al 28 de febrero de 2026, y quienes tengan ayudas ilegales pendientes de devolución a la UE.
  • Obligación de conservar facturas y justificantes de repostaje durante 10 años.
  • La Administración podrá verificar y reclamar la devolución de importes si se detecta sobrecompensación.

Resumen y título en lenguaje llano generados por inteligencia artificial (MiniMax-M3). Pueden contener errores. El único texto con valor oficial es el publicado en el BOE.

Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Última actualización del documento oficial: 6 de octubre de 2026. Este servicio es independiente y no está vinculado al BOE.

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