Expediente BOE-A-2026-21317
Funcionarios de prisiones serán agentes de la autoridad y la Administración les…
JEFATURA DEL ESTADO
🏛️ Gobierno de España (PSOE+Sumar)Pedro Sánchez — en el cargo desde noviembre de 2023. Dato verificado el 20 de agosto de 2026.
Título oficial en el BOE
Ley Orgánica 4/2026, de 13 de octubre, por la que se modifica el artículo ochenta de la Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria para reconocer, a efectos legales, el carácter de agentes de la autoridad a los funcionarios de la Administración Penitenciaria.
Resumen del caso
Resumen IA · No oficialLos funcionarios y personal laboral de prisiones son reconocidos como agentes de la autoridad, sus informes valdrán como prueba en sanciones y la Administración deberá compensarles los daños sufridos en el trabajo.
- Aplica a los funcionarios y al personal laboral de la Administración Penitenciaria en toda España.
- En el ejercicio de su cargo tendrán legalmente la condición de agentes de la autoridad.
- Podrán identificarse como tales con su número de registro profesional ante la Administración y los juzgados.
- Sus informes en expedientes disciplinarios a internos servirán como prueba suficiente para sancionar, salvo que se demuestre lo contrario.
- La Administración deberá indemnizarles por los daños personales o materiales sufridos durante el servicio, siempre que no haya habido dolo, culpa o negligencia grave.
- Si un funcionario de prisiones es detenido o ingresa en prisión, se garantizará su separación del resto de internos para proteger su integridad física.
- Las mismas indemnizaciones y garantías de separación se aplican también al personal laboral que trabaja en los centros penitenciarios.
- La ley entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE; los nuevos criterios sobre informes solo afectarán a expedientes disciplinarios que se abran después.
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