Expediente BOE-A-2026-17836

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Cataluña aprueba una ley para eliminar todo el amianto del territorio

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA

🏛️ Afecta a Cataluña (PSC)Salvador Illa — en el cargo desde agosto de 2024. Dato verificado el 20 de agosto de 2026.

Título oficial en el BOE

Ley 8/2026, de 2 de julio, de la erradicación del amianto.

Resumen del caso

Resumen IA · No oficial

Obliga a localizar, censar y retirar el amianto de edificios públicos y privados en Cataluña, con plazos, multas de hasta 100.000 euros y ayudas públicas para la retirada.

  • Crea el Censo catalán de materiales con amianto, un registro público que debe mantener la Generalitat con la información de los lugares donde se detecte este material.
  • Quien venda o alquile una vivienda o local deberá entregar obligatoriamente un certificado de presencia o ausencia de amianto, que se inscribirá además en el Registro de la Propiedad.
  • Las administraciones públicas deben retirar el amianto de centros educativos, sanitarios, sociales e instalaciones deportivas de titularidad pública en un plazo máximo de 3 años desde la entrada en vigor.
  • Se crea el Fondo para la Erradicación del Amianto de Cataluña, alimentado por las sanciones y los Presupuestos de la Generalitat, para ayudar a particulares, comunidades de propietarios y municipios, con especial atención a personas vulnerables y municipios rurales.
  • Las infracciones se sancionan con multas de entre 100 y 3.000 euros (leves), hasta 30.000 euros (graves) y hasta 100.000 euros (muy graves), con prohibición de recibir subvenciones o contratar con la Generalitat en los casos más graves.
  • Reconoce oficialmente a las víctimas del amianto y sus derechos a asesoramiento, reparación y vigilancia médica, y declara territorios especialmente afectados a Cerdanyola del Vallès, Ripollet y Badia del Vallès por los 90 años de actividad de Uralita.
  • Los municipios de más de 20.000 habitantes tendrán competencias de inspección y sanción, mientras que los más pequeños recibirán apoyo técnico y financiero de las diputaciones y consejos comarcales.
  • La ley entra en vigor a los 3 meses de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Resumen y título en lenguaje llano generados por inteligencia artificial (MiniMax-M3). Pueden contener errores. El único texto con valor oficial es el publicado en el BOE.

Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Última actualización del documento oficial: 17 de agosto de 2026. Este servicio es independiente y no está vinculado al BOE.

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