Expediente BOE-A-2026-18261

Colectivo reducidoImpacto 2 de 5

Se permite usar cobalto solo en algunos componentes concretos de juguetes

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES

🏛️ Gobierno de España (PSOE+Sumar)Pedro Sánchez — en el cargo desde noviembre de 2023. Dato verificado el 20 de agosto de 2026.

Título oficial en el BOE

Orden PJC/903/2026, de 26 de agosto, por la que se modifica el anexo II del Real Decreto 1205/2011, de 26 de agosto, sobre la seguridad de los juguetes.

Resumen del caso

Resumen IA · No oficial

La normativa española se adapta a la UE y autoriza el cobalto únicamente en acero inoxidable, piezas que conduzcan electricidad e imanes que no se puedan tragar.

  • El cobalto está clasificado como sustancia muy peligrosa: puede causar cáncer, dañar el ADN o afectar a la reproducción.
  • Su uso en juguetes solo se permite en tres casos muy concretos: como impureza dentro del níquel del acero inoxidable, en componentes que conduzcan la corriente eléctrica y en imanes de neodimio que no se puedan tragar ni inhalar.
  • Todos los demás usos del cobalto en juguetes siguen prohibidos.
  • La medida busca proteger la salud infantil sin impedir la fabricación de juguetes seguros.
  • Supone incorporar al ordenamiento español una directiva europea de enero de 2026.
  • La nueva norma entra en vigor el 29 de agosto de 2026.

Resumen y título en lenguaje llano generados por inteligencia artificial (MiniMax-M3). Pueden contener errores. El único texto con valor oficial es el publicado en el BOE.

Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Última actualización del documento oficial: 28 de agosto de 2026. Este servicio es independiente y no está vinculado al BOE.

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