Expediente BOE-A-2026-19525

Colectivo reducidoImpacto 2 de 5

Nuevos horarios de trabajo para los Letrados de la Administración de Justicia

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES

🏛️ Gobierno de España (PSOE+Sumar)Pedro Sánchez — en el cargo desde noviembre de 2023. Dato verificado el 20 de agosto de 2026.

Título oficial en el BOE

Resolución de 17 de septiembre de 2026, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se regula la duración de la jornada general de trabajo en cómputo anual y las de las jornadas especiales en régimen de dedicación especial para el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.

Resumen del caso

Resumen IA · No oficial

Se fija la jornada de los Letrados de la Administración de Justicia en 35 horas semanales de promedio anual, con horario intensivo de 32,5 horas en verano y compensaciones por urgencias.

  • Aplica al Cuerpo Superior Jurídico de Letrados de la Administración de Justicia, que ejerce la fe pública judicial y funciones de organización, gestión y dirección técnico-procesal.
  • La jornada general será de 35 horas semanales de promedio anual, equivalente a 1.512 horas al año.
  • Los letrados con régimen de dedicación especial trabajarán un máximo de 37,5 horas semanales, y el Ministerio fijará qué puestos tienen este régimen.
  • Entre el 16 de junio y el 15 de septiembre (ambos incluidos) se podrá establecer una jornada intensiva de 32,5 horas semanales.
  • La jornada reducida por interés particular será de 5 horas seguidas, de lunes a viernes, con retribución del 75% del sueldo; no es compatible con la especial dedicación.
  • Las horas trabajadas en actuaciones urgentes e inaplazables fuera del horario se compensan: entre las 17:00 y las 22:00 cuentan como dos horas efectivas, y desde las 22:00 hasta las 7:30, así como sábados, domingos y festivos, como dos horas y media.
  • El calendario laboral anual lo aprobará el Ministerio antes del 1 de enero, respetando el calendario de cada comunidad autónoma con competencias en Justicia.
  • La resolución entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.

Resumen y título en lenguaje llano generados por inteligencia artificial (MiniMax-M3). Pueden contener errores. El único texto con valor oficial es el publicado en el BOE.

Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Última actualización del documento oficial: 21 de septiembre de 2026. Este servicio es independiente y no está vinculado al BOE.

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