Expediente BOE-A-2026-20266
Vivienda: tope a la compra especulativa, desahucios parados y más protección al alquiler
JEFATURA DEL ESTADO
🏛️ Gobierno de España (PSOE+Sumar)Pedro Sánchez — en el cargo desde noviembre de 2023. Dato verificado el 20 de agosto de 2026.
Título oficial en el BOE
Real Decreto-ley 26/2026, de 29 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para la protección de la función social de la vivienda y la ampliación de la oferta de vivienda asequible.
Resumen del caso
Resumen IA · No oficialEl Gobierno limita la compra especulativa de vivienda, suspende desahucios de personas vulnerables, congela subidas de alquiler y crea deducciones y ayudas para comprar o alquilar.
- Tope a la compra especulativa: hasta el 31 de diciembre de 2028, las entidades jurídicas no podrán comprar viviendas por menos del 70% de su valor de tasación, salvo para vivienda social, residencias o víctimas de violencia de género.
- Suspensión de desahucios: hasta el 31 de diciembre de 2030, no se podrá desahuciar a personas vulnerables sin alternativa habitacional, sobre todo en pisos de fondos buitre. Si la Administración no ofrece alternativa, deberá pagar las rentas en dos meses.
- Alquiler de temporada más estricto: si no hay una causa temporal real y acreditada, el contrato pasa a ser alquiler habitual con todas sus garantías. La duración no podrá pasar de 12 meses sin causa justificada.
- Alquiler por habitaciones: la suma de las rentas de los contratos por habitaciones no podrá superar la renta de un alquiler completo de la misma vivienda.
- Subidas del alquiler limitadas: hasta el 31 de diciembre de 2027, las actualizaciones anuales no podrán pasar del 2% (o no se aplicarán si la renta supera el índice de referencia) y se podrá pedir una prórroga obligatoria de hasta 2 años más.
- Deducción del 10% en el IRPF por alquiler de vivienda habitual para contribuyentes con base imponible inferior a 33.007 euros, con base máxima de 11.630 euros al año.
- Más impuestos a vivienda vacía y pisos turísticos: recargos en el IBI de hasta el 150% a viviendas vacías de grandes tenedores y a pisos turísticos en zonas tensionadas; las SOCIMI tributarán más si no destinan su parque al alquiler asequible.
- Más oferta asequible y financiación: una vivienda será asequible si su precio o alquiler no supera el 30% de la renta mediana del municipio; se crea el préstamo TU CASA de hasta 50.000 euros al 0% para primera vivienda y se autorizan avales del ICO por 2.280 millones para vivienda social e industrializada.
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